Cambiar de banco teniendo un préstamo

Si en algún momento nos planteamos cambiar de entidad bancaria, pero tenemos dudas acerca de si es posible hacerlo teniendo algún préstamo pendiente, lo cierto es que sí que podemos hacerlo. 

Sin embargo, este trámite conlleva una serie de requisitos o especificaciones que es necesario cumplir, especialmente en casos particulares.

Aspectos a tener en cuenta

Tomar la decisión de abrir una cuenta bancaria en una entidad diferente a la que ya estamos, o bien contratar un producto financiero, es posible a pesar de tener un préstamo aún vigente en nuestra actual entidad. De hecho, podemos realizar el cambio cuando nos apetezca, cómodamente. 

No obstante, existen excepciones que debemos tener en cuenta. Y son las vinculaciones que podamos tener sobre otro tipo de productos financieros con la misma entidad. Es decir, en caso de solicitar un producto financiero que implique la domiciliación de nuestra nómina, no va a ser posible un cambio a otra entidad hasta que el contrato finalice con la entidad actual. 

Es importante ser conscientes de que, en caso de no respetar ese término del contrato, recibiremos una penalización

Por lo que, antes de pensar siquiera en realizar el cambio a otro banco, es necesario comprobar que el préstamo que sigue vigente no esté vinculado a la domiciliación de nuestra cuenta

Como ya hemos mencionado, entre entidades bancarias es posible realizar un cambio de una a otra, trasladando a su vez el préstamo que se queda pendiente. Este cambio puede estar motivado porque el usuario quiere conseguir mejores condiciones respecto a este.

Aunque no todas las entidades bancarias ofrecen mejoras en las condiciones si se cambia el préstamo a otra entidad, algunas como Deutsche Bank nos ofrecen su Préstamo Cambia. Este tipo de préstamo se basa en permitir al usuario un cambio a su entidad, a pesar de disponer de un préstamo.

Además, pone a nuestra disposición condiciones muy interesantes, como: la reducción de la cuota del préstamo que queda pendiente, realizar una ampliación del préstamo, o bien aumentar el plazo de amortización.

En el caso de que el tipo de préstamo no implique la domiciliación de nuestra cuenta, pero se trate de un préstamo hipotecario, el cambio de una entidad a otra se denomina subrogación. Tal y como sucede con las condiciones mencionadas anteriormente, también es posible modificarlas respecto a este tipo de préstamo. 

Todo depende de la entidad que vayamos a escoger, bien sea porque nos aporta mayores beneficios y condiciones de gestión, no solamente por nuestro préstamo. O porque nos facilite el resto de trámites del día a día, como el ahorro, la domiciliación de recibos, etc.

En cualquier caso, el cambio de una entidad bancaria a otra, debe ser una decisión premeditada y pensada con cautela. No podemos dejarnos llevar por la primera oferta que nos ofrezcan, por buena que parezca, ya que entonces nos arrepentiremos en algún momento.

Lo más conveniente es informarse acerca de otras entidades y comparar cuál es la que más nos puede interesar, teniendo en cuenta nuestras necesidades y disposición económica.

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